JUCIL reclama compensaciones para los guardias civiles destinados y comisionados en Ceuta ante un nuevo agravio entre FCSE

21 de agosto de 20264 min de lecturaComunicación
La asociación exige a la Dirección General de la Guardia Civil que reconozca económicamente el esfuerzo extraordinario realizado por los agentes destinados en Ceuta en condiciones de igualdad.
JUCIL ha presentado un escrito ante la dirección de la Guardia Civil en el que solicita una gratificación extraordinaria y la revisión de todas las compensaciones que correspondan por servicios nocturnos, festivos, prolongaciones de jornada o alteraciones de los descansos.

21 de agosto de 2026. JUCIL, asociación profesional de la Guardia Civil, reclama a la Dirección General que establezca compensaciones extraordinarias para los guardias civiles destinados o comisionados en Ceuta que han tenido que afrontar servicios en condiciones de especial exigencia, después de conocer que la Dirección Adjunta Operativa de la Policía Nacional habría confirmado la concesión de una gratificación para el personal destinado en la ciudad autónoma.

 

Para JUCIL, esta situación supone un nuevo agravio para los guardias civiles, especialmente si la Administración reconoce el esfuerzo extraordinario realizado por los agentes de un cuerpo policial mientras no establece una compensación equivalente para los miembros de la Guardia Civil que han desarrollado su labor en el mismo escenario y bajo unas condiciones de especial intensidad y penosidad.

 

La asociación ha presentado un escrito ante la Dirección General de la Guardia Civil en el que reclama que se analicen las actuaciones realizadas por el personal destinado en Ceuta y por los efectivos desplazados o comisionados desde otras unidades y que, cuando se cumplan los requisitos establecidos, se tramite una gratificación extraordinaria por el esfuerzo profesional realizado fuera de la jornada normal de servicio.

 

“No puede haber policías de primera y guardias civiles de segunda cuando ambos cuerpos han tenido que responder a una situación excepcional en Ceuta. Si la Administración considera que el esfuerzo realizado merece una compensación, esa compensación debe alcanzar también a los guardias civiles que han estado sobre el terreno”, señala JUCIL.

 

Un esfuerzo que debe ser reconocido

 

La asociación recuerda que los guardias civiles destinados en Ceuta y los efectivos desplazados desde otras unidades han tenido que afrontar unas condiciones de servicio especialmente exigentes, con posibles prolongaciones de jornada, servicios nocturnos y festivos, modificaciones de la planificación y afectación de sus periodos de descanso.

 

Por ello, JUCIL considera que la Dirección General debe comprobar de oficio las condiciones reales soportadas por los agentes y establecer criterios objetivos, verificables y homogéneos para determinar quiénes deben recibir la compensación.

 

La petición de JUCIL se apoya en la normativa vigente sobre incentivos al rendimiento, que contempla la posibilidad de reconocer gratificaciones por actuaciones realizadas fuera de la jornada de servicio cuando, por necesidades sobrevenidas y durante un periodo limitado, hayan supuesto un especial esfuerzo por su complejidad, dificultad, penosidad o duración.

 

JUCIL pide además que la Dirección General revise de oficio las distintas compensaciones que pudieran haberse generado durante el periodo afectado, incluidas las correspondientes a servicios nocturnos o festivos, modificaciones de la planificación, exceso de jornada y descansos compensatorios.

 

Asimismo, reclama que se compruebe la correcta anotación de los servicios y actividades realizados en los sistemas de gestión de la Guardia Civil para garantizar que ningún agente deje de percibir una compensación que le corresponda.

 

La organización también solicita que se revise la correcta liquidación de las comisiones de servicio realizadas por los efectivos desplazados a Ceuta, incluyendo las dietas, gastos de viaje y demás indemnizaciones que procedan.

 

JUCIL reclama a la Dirección General que actúe con carácter urgente y concrete por escrito el periodo de devengo, los efectivos afectados, los requisitos, la cuantía o sistema de cálculo, el procedimiento de propuesta y la fecha estimada de abono.

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